Estas son las horas a las que puedes pasear a tu perro suelto en Madrid sin ser multado

Pasear un perro sin correa está permitido solo en circunstancias concretas que dependen de las normativas municipales. En el caso de Madrid, solo podrán permanecer sueltos en áreas caninas y en parques y jardines públicos en unos horarios concretos, siempre que se trate de zonas donde no exista una prohibición expresa. En el caso de incumplir la ley, el dueño podría enfrentarse a sanciones de hasta 2.400 euros.

Solo en tramos horarios concretos

La Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales establece los requisitos y obligaciones que deben cumplir los dueños de animales de compañía en el término municipal de Madrid. Según esta norma, los perros podrán estar sueltos en los parques solo a determinadas horas: entre las 19:00 y las 10:00 horas en el horario de invierno, y entre las 20:00 y las 10:00 horas en el de verano. Fuera de estos tramos, deberán ir siempre con correa.

Ahora bien, no podrán estar sueltos por cualquier parte del parque: se excluyen las zonas infantiles, las zonas de mayores y el resto de áreas donde expresamente se prohíba su entrada. Tampoco podrán bañarse en las fuentes ornamentales, estanques o instalaciones similares, ni beber directamente de grifos o caños de agua de uso público.

A los parques y jardines públicos se suman las áreas caninas en los 21 distritos de la ciudad. Estos espacios están acotados para los perros y en ellos podrán permanecer también sin correa.

Sueltos pero controlados

Cuando los canes estén sin correa, los dueños o personas que lo paseen deberán controlarlos en todo momento para evitar molestias o daños a otras personas, al resto de animales o a las instalaciones públicas. Por ello, deberán mantenerlos siempre a la vista y a una distancia que permita la intervención si fuese necesario. También se prohíbe incitarlos a atacar a otro perro, a lanzarse contra personas o bienes o a hacer cualquier ostentación de agresividad.

Asimismo, hay que tener en cuenta que los animales no podrán entrar en el jardín histórico de El Capricho de la Alameda de Osuna, en la Quinta de Torre Arias y en los Jardines de Sabatini, donde se prohíbe el acceso con mascotas. Por último, los perros calificados como potencialmente peligrosos deberán llevar siempre correa y bozal en lugares públicos.

Multas de hasta 2.400 euros

La ordenanza municipal señala que se considera una infracción leve “la permanencia de animales sueltos en zonas no acotadas especialmente para este fin, o fuera de los horarios establecidos”, así como “la no adopción de medidas oportunas para evitar la entrada de animales en zonas de recreo infantil o en otras no autorizadas para ellos”. Estas prácticas serán sancionadas con una multa de entre 150 y 300 euros.

Y en cuanto a los perros potencialmente peligrosos, es una infracción grave mantenerlos sueltos en lugares públicos sin bozal ni cadena o correa. En este caso, la multa puede ser de entre 300 y 2.400 euros.