El Gobierno abre expediente a varias aerolíneas ‘low cost’ por cobrar el equipaje de mano

<p>El <b><a href=”https://www.20minutos.es/minuteca/ministerio-de-consumo/1/” title=”Últimas noticias sobre el Ministerio de Consumo”>Ministerio de Consumo</a></b> ha abierto los primeros expedientes sancionadores a varias aerolíneas de bajo coste por el<b> cobro de sobrecostes en el equipaje de mano</b> transportado en cabina, según un comunicado.</p><p>Algunas de las compañías expedientadas son Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea. El Gobierno ha actuado tras las denuncias presentadas por <b><a href=”https://www.20minutos.es/minuteca/facua/” title=”Últimas noticias sobre Facua”>FACUA-Consumidores en Acción</a></b> hace dos años.</p><p>El ministerio, a través de la Dirección General de Consumo, ha ampliado el caso a los sobrecostes aplicados a otros servicios que tradicionalmente se incluían en el precio del billete, como la <b>reserva del asiento contiguo</b> a otro pasajero en el caso de menores o personas dependientes.</p><p>Así, a través de esta práctica de “desgajar servicios” tradicionalmente incluidos en el precio del billete y cobrar al pasajero un suplemento por ellos, Consumo ha advertido que “estas compañías <b>ofrecen en su publicidad precios muy competitivos</b>”.</p><p>”Esto les permite tener un <b>posicionamiento SEO privilegiado</b> en los motores de búsqueda y en los comparadores respecto a competidores que sí incluyen estos servicios en el precio del billete que se anuncia en el comparador”, ha explicado el Ministerio.</p><p>Estas prácticas infringen el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley General de para la Defensa de Consumidores y Usuarios y son competencia del Ministerio de Consumo <b>al amparo de lo dispuesto en el artículo 52bis apartado 5.</b></p><p>En cuanto a las sanciones previstas, las multas pueden ser de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las infracciones graves, y<b> entre 100.001 y 1.000.000 de euros </b>en el caso de las muy graves.</p><p>Asimismo, en el supuesto de que el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones podrían alcanzar hasta <b>entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido</b>, para las infracciones graves, y entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido en el caso de las muy graves.</p>