El permiso retribuido de cinco días para cuidar a familiares enfermos podrá utilizarse más de una vez al año si se producen situaciones que den derecho a solicitarlo. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo, que ha confirmado el derecho de los trabajadores a disfrutar de este permiso de forma flexible y sin un límite anual de cinco días.
La decisión supone un respaldo para quienes necesitan atender a familiares o convivientes que atraviesan una enfermedad grave, han sido hospitalizados o deben guardar reposo en su domicilio después de una intervención quirúrgica. El tribunal considera que cada situación que justifique el permiso puede dar lugar a un nuevo periodo de cinco días.
La sentencia da la razón a la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) en un conflicto con una empresa que pretendía limitar este derecho a cinco días laborables por año natural. La compañía también defendía que el permiso debía quedar restringido al tiempo de hospitalización o al ingreso hospitalario, sin contemplar las necesidades de cuidado posteriores en el domicilio.
¿Cuándo se pueden pedir los cinco días de permiso?
El permiso está recogido en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores y permite ausentarse del trabajo durante cinco días por determinados motivos relacionados con la salud de familiares o convivientes. Entre los supuestos contemplados se encuentran los accidentes o enfermedades graves, la hospitalización y las intervenciones quirúrgicas que requieran reposo domiciliario.
El derecho puede aplicarse cuando se trata de determinados familiares, así como de otras personas que convivan con el trabajador y necesiten sus cuidados efectivos, de acuerdo con los requisitos legales. La finalidad de este permiso es facilitar que los trabajadores puedan prestar asistencia a sus allegados cuando atraviesan una situación de salud que requiere atención.
Por ello, el Supremo rechaza una interpretación que reduzca el derecho a un único periodo anual, con independencia de que se produzcan nuevas circunstancias que lo justifiquen. La principal novedad de la sentencia es que el permiso no queda limitado a cinco días en total durante cada año natural: “Cada supuesto de hecho habilitante del permiso da lugar a una duración del mismo de cinco días”.
De este modo, si un trabajador necesita atender a un familiar por una hospitalización y, meses después, se produce otra situación que cumple los requisitos legales, no puede descartarse automáticamente el segundo permiso por haber agotado los cinco días del primero.
Los cinco días pueden distribuirse de forma flexible
La resolución también respalda la posibilidad de organizar el disfrute del permiso de acuerdo con las necesidades de cuidado. El Supremo ya había defendido en una sentencia anterior, dictada en febrero, que estos días no tienen que disfrutarse necesariamente de forma rígida desde el momento inicial del hecho causante.
La interpretación permite distribuir el permiso de manera racional para facilitar una asistencia planificada y eficaz. Esto resulta especialmente relevante cuando el familiar recibe el alta hospitalaria, pero sigue necesitando ayuda en su domicilio.
La empresa implicada defendía una interpretación más restrictiva, vinculada a los días de ingreso o intervención con hospitalización. Sin embargo, el derecho también puede responder a la necesidad de cuidados posteriores, siempre que se cumplan las condiciones.

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