El juez rectifica y acepta estudiar la petición de Zapatero de anular la causa

El juez instructor de la Audiencia Nacional José Luis Calama estudiará el recurso de José Luis Rodríguez Zapatero en el que solicita anular la causa que se sigue contra él por tráfico de influencias, malversación, fraude fiscal y contrabando. En un inicio, el magistrado rechazó la admisión a trámite del escrito del abogado Víctor Moreno al entender que lo había presentado fuera del plazo correspondiente. Ahora, en cambio, admite que se presentó en tiempo y forma y acepta estudiarlo, lo que no implica necesariamente que lo vaya a estimar.

Según consta en un auto dictado este 31 de julio, la defensa del expresidente del Gobierno presentó un primer recurso el pasado 25 de junio, más de tres meses después de que la Audiencia Nacional asumiera el caso ‘Plus Ultra’, que hasta entonces se investigaba en un juzgado de Madrid. En ese recurso, el letrado Moreno Catena promovía un “incidente de nulidad de actuaciones”. Es decir, reclamaba que se archivase el procedimiento alegando que se habían vulnerado los derechos fundamentales de su cliente. En total, pedía la nulidad de doce resoluciones judiciales, incluidas las relativas a la autorización del registro de José Luis Rodríguez Zapatero y su imputación ante la Audiencia Nacional.

El 24 de julio, el magistrado José Luis Calama desestimó el escrito de Zapatero al señalar que se había pasado el plazo pertinente para solicitar la nulidad de actuaciones. Ese mismo día, el letrado Víctor Moreno contestó a Calama. Le pidió “la corrección del error contenido en la resolución”, argumentando que no se había pasado el plazo desde que el exdirigente socialista había logrado acceder al sumario de la causa.

Ahora, el magistrado de la Audiencia Nacional reconoce que “el acceso a las actuaciones, a través del Cloud, se sitúa en el día 25 de mayo de 2026, fecha en la que se remite comunicación a todas las partes personadas que así lo han solicitado”. La resolución que dio pie a que toda la documentación se incluyera en la causa data del 29 de mayo de 2026.

Fue entonces cuando se inició el plazo a partir del cuál se podía “formular el incidente de nulidad de actuaciones”, siendo el 26 de junio a las 15.00 horas el momento a partir del cuál pasaban a ser inadmisibles. De modo que “el escrito presentado por la representación procesal de José Luis Rodríguez Zapatero, tal y como dicha parte alega, se encuentra dentro del plazo legalmente establecido“.

Sin embargo, tal y como expone el juez: “Ello no determina la admisión del incidente en los términos pretendidos, sino exclusivamente su admisión a trámite respecto de las resoluciones que no pudieron ser recurridas en forma”.