Hacienda permitirá aplazar o fraccionar deudas de hasta 50.000 euros sin dar explicaciones

La Agencia Tributaria ha decidido ser más flexible con sus contribuyentes deudores y ha anunciado que elevará de 30.000 a 50.000 euros el margen mínimo establecido como límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de las deudas tributarias. De este modo, cualquier contribuyente que tenga una deuda con Hacienda de hasta 50.000 euros podrá retrasar o fragmentar su pago sin necesidad de dar explicaciones a este departamento.

Este cambio aparece recogido en una orden ministerial de Hacienda que se encuentra en información pública y que entrará en vigor el próximo 15 de abril de 2023 y no tendrá carácter retroactivo, por lo que solo se podrá aplicar a casos que se presenten a partir de esa fecha.

Según explica el departamento que dirige María Jesús Montero, el objetivo de esta orden es ofrecer “facilidades” al pago obligado de estas deudas ante las dificultades económico-financieras de carácter transitorio que puedan surgir en el actual contexto de crisis por la guerra en Ucrania y la escalada de precios generalizada.

Además, indica que el límite actualmente vigente, el de los 30.000 euros, se ha quedado obsoleto, por lo que “se considera necesario actualizar tal importe, elevando el límite de la citada exención de la obligación de aportar garantías”, recoge el texto.

Por este motivo, a partir del 15 de abril se podrán fraccionar o aplazar deudas sin exigir garantías cuando su importe en conjunto no exceda de 50.000 euros y se encuentran tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de pago.

El ámbito de aplicación de esta medida se refiere a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por los órganos u organismos de la Hacienda Pública estatal.