Las vacaciones son un derecho de los trabajadores que así viene recogido en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. Ninguna empresa puede negar a sus empleados el disfrute de este periodo de descanso retribuido que, en ningún caso, puede ser sustituido por una compensación económica. No obstante, puede darse la situación de que la empresa retrase de forma injustificada la concesión de vacaciones a sus empleados o, directamente, que las rechace, en cuyo caso existen varias vías para reclamar.
En términos generales, los empleados cuentan con un mínimo de 30 días naturales —que equivale a 22 días laborales— de vacaciones retribuidas por cada año trabajado. Las fechas de descanso siempre se fijarán “de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones”, sostiene el Estatuto de los Trabajadores.
Si la empresa se niega a dar los días que corresponden de vacaciones y, en su lugar, ofrece pagarlos para que el trabajador no las tome, cabe saber que esta es una práctica ilegal ante la que cabe la posibilidad de reclamar.
Tal y como detallan desde Noticias Trabajo, el primer paso es solicitar las vacaciones por escrito, para tener así una prueba con la que poder tomar acciones legales si fuese necesario.
Después de haber formalizado por escrito esta petición, y ante la negativa de la empresa, el siguiente paso es acudir a la Inspección de Trabajo y presentar una denuncia, que será anónima.
La última opción sería interponer una demanda en el Juzgado de lo Social, 20 días después de realizar la solicitud escrita de vacaciones. Este proceso no se suele extender por más de dos meses y la sentencia del juez no se puede recurrir, por lo que la empresa debería cumplir sin excepción.
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